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Siendo nuestro propósito el que usted ahorre previniendo accidentes dentro de su área laboral y en caso de contar con una emergencia tener a la persona adecuada y preparada que le dará una solución a su incidente.
DEBIDO A QUE EN CADA LUGAR EXISTEN ZONAS DE PELIGRO, NUESTROS PARAMEDICOS REALIZARAN UN RECONOCIMIENTO DE LOS LUGARES DE TRABAJO.
TODAS ESTAS MEDIDAS SON PARA TENER UN CONTROL MAS OPTIMO DEL SERVICIO Y ASI PODER EVITAR ACCIDENTES POSTERIORES.
ATENCIÓN MEDICA
Paramédico enfermero que aplicara atención necesaria en caso de cualquier traumatismo o enfermedad básica durante horas laborales.
Equipo Medico.
Proporcionamos todo lo necesario para la atención de una emergencia, como es:
Botiquín de Primeros Auxilios y trauma, medicamentos básicos y material de curación para la atención Inmediata de cualquier tipo de paciente, que este pasando por una urgencia de cualquier índole.
OBLIGACIÓN LEGAL DE DISPOSITIVOS MÉDICOS
Ley de Establecimientos Mercantiles
Obligación de instalar "por lo menos, un arco detector de metales dentro del establecimiento mercantil". Otro de los puntos señala que quienes ofrezcan servicio entre las 23:00 horas y las 5:00 horas del siguiente día,
tendrán que contar permanentemente con un servicio medico a disposición de los comensales.
Los establecimientos mercantiles implementar un plan de acción social para concientizar a los comensales sobre la problemática que acarrea el abuso de alcohol, uso de un alcoholímetro sin fines sancionatorios y nombrar a un responsable del lugar.
NORMA Oficial Mexicana NOM-030-STPS-2006, Servicios preventivos de seguridad y salud en el Trabajo-Organización y funciones.
1. Objetivo
Establecer los lineamientos para desarrollar y promover los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo y las acciones necesarias para que, con su aplicación en el centro de trabajo, se promueva un ambiente laboral seguro y sano que prevenga accidentes y enfermedades de trabajo.
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